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| "IMPORTAN LAS PERSONAS NO LAS MAQUINAS" | ||||||||||||||||||||||
| INFORMACIÓN GENERAL | WEBMASTER | |||||||||||||||||||||
Dirección Sede Social C/ Puente de San Jorge, 6 - Alcoi - 03804 Teléfono Contacto 965522573 - Fax: 965525164 E-Mail - elspuntuals@elspuntuals.com |
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Estatutos de Constitución y Funcionamiento
(Importan las Personas no las Maquinas)
Luis del Águila: Presidente de la Penya Motera Els Puntuals.
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Reglamento de Régimen Interno PRINCIPIOS GENERALES Art. 1- El Emblema de la Penya: Art. 2- Toda publicación que se edite o pudiera editarse así como Boletín, catálogos, pasquines, revistas o cualquier publicación relacionada con La Penya Motera “Els Puntuals”, será competencia y estará siempre regulada por la Junta Directiva. Art. 3- Será también competencia de la Junta Directiva la elección, compra y distribución de objetos que la Penya pueda adquirir o administrar para sus miembros tales como camisetas, gorras, pins, anagramas, etc. Art. 4- Toda la realización de actos de la Penya, tales como salidas, quedadas y cualquier otro que pueda organizarse siempre serán supervisadas por la Junta Directiva. Art. 5- La Penya Motera “Els Puntuals” dispone de un Foro en Internet, donde los socios pueden exponer sus sugerencias, inquietudes y opiniones en lo que a sus miembros y funcionamiento se refiere, todo ello dentro de las debidas normas de convivencia y respeto a las opiniones y personas que lo utilicen. Es competencia exclusiva de la Junta Directiva y del moderador del Foro la regulación del mismo, excluyendo si así lo cree necesario todo comentario que pueda ser improcedente o pueda generar alguna controversia, daño o perjuicio a los miembros del club. DE LAS ASAMBLEAS GENERAL ORDINARIA Y EXTRAORDINARIAS Art. 6- La Asamblea General Ordinaria de La Penya Motera “Els Puntuals” , a efectos práctico del cierre del año se celebrara anual y obligatoriamente en el mes de Febrero. Art. 7- El lugar de la celebración de Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias, se realizaran el lugar indicado por la Junta Directiva que será comunicado a los socios con tiempo suficiente. Art. 8- La fecha de la celebración de Asambleas la dictara la Junta o, salvo si la urgencia de la misma aconsejara, según criterio del Presidente celebrarla en otro día de la semana. Art. 9- Exclusivamente podrán participar en las asambleas, los socios que tengan derecho a voz y voto y estén al corriente de pago de las cuotas establecidas y no estén inmersos en algún proceso disciplinario abierto por la Penya. Quien no cumpla este esencial requisito será invitado por el Presidente de la Penya o su legítimo sustituto que dirija la Asamblea a no participar en ella, aunque se le podrá permitir permanecer en silencio en la sala. Se exceptúan de este requisito aquellas Instituciones o personas distinguidas honoríficamente por la Penya, que sin tener derecho a voto podrán asistir a las Asambleas con derecho a voz. Solo en el tiempo preciso. Art. 10- la Junta Directiva informará por lo menos con treinta días de antelación a la fecha asamblea a los socios para que estos, si así lo desean, puedan incluir algún asunto en el “Orden del Día”, debiendo tener entrada por escrito ante la Junta Directiva al menos quince días antes de la Asamblea Art. 11- En Las Asambleas Generales La Penya Motera “Els Puntuals” , se seguirá el siguiente “orden del día” Art. 12- Las votaciones de los temas a tratar en las Asambleas serán nominales o secretas, según se acuerde en la misma Asamblea. En caso de empate en las votaciones el Presidente o su legítimo sustituto podrán ejercer un voto de calidad decisorio para el desempate. Se exceptúa este derecho en las votaciones a presidente. Art. 13- La no comparecencia de un socio en la Asamblea, significa la renuncia a ejercer el derecho a voz y voto que le asiste, si bien podrá ejercer el voto por escrito delegado en el socio que desee. Art. 14- En el acta de las Asambleas Generales de La Penya Motera “Els Puntuals” Alcocar, laboradas por el secretario/a o su legítimo sustituto, exclusivamente constará. Art. 15- El acta una vez aprobada por la Asamblea General siguiente, quedará registrada literalmente en el libro de Actas de Asambleas Generales de La Penya Motera “Els Puntuals” LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO Art. 16- Las elecciones a la presidencia de La Penya Motera “Els Puntuals” se realizarán bajo las siguientes Art. 18- En caso de candidatura única, la Asamblea votará “si” la acepta o “no”, en caso que sea “no”, la Junta directiva deberá convocar en el plazo más breve posible nuevas elecciones. Art. 19- En el caso que no hubiere candidatura, la actual Junta Directiva podrá constituirse en Junta Gestora, sin más obligaciones que mantener la Penya en su básico funcionamiento, o decidir que la asamblea resuelva la disolución del mismo. Art. 20- Los cargos de la Junta directiva, podrán ser reelegibles y son incompatibles con cualquier cargo en otras Penyas de índole similar. Únicamente podrán ser renunciados por escrito y en forma razonada. Art. 21- Las renuncias a los cargos de la Junta Directiva, serán resueltas según las normas siguientes: RÉGIMEN DISCIPLINARIO Art. 22- Se considerarán motivo de sanción a los socios de la Penya y a criterio de la Junta Art. 23- Se podrá imponer, de menor a mayor las siguientes sanciones a los socios miembros. Art. 24- Es competencia de la Junta Directiva de La Penya Motera “Els Puntuals” , por mayoría simple imponer las sanciones comprendidas en este reglamento. Que será el órgano decisorio y definitivo, sin apelación posible. Art. 25- Por acuerdo de los Órganos de Gobierno de la Asociación. Cuando el asociado, por su conducta incorrecta, causa grave de indignidad, o cualquier otra circunstancia que se estime debidamente justificada, se haya hecho acreedor a la baja, previa incoación del oportuno expediente que a tal efecto le será abierto, y en el que preceptivamente se oirá al interesado. RÉGIMEN ADMINISTRATIVO
DISPOSICIÓN FUNDAMENTAL
Luis del Águila: Presidente de la Penya Motera Els Puntuals.
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